Comunicar las entradas y salidas de la reservas marinas.
Las reservas marinas constituyen una medida específica que contribuye a lograr una explotación sostenida de los recursos de interés pesquero, estableciendo medidas de protección específicas en áreas delimitadas de los caladeros tradicionales. Estas áreas, en cuya selección se tiene en cuenta su estado de conservación, deberán reunir determinadas características que permitan la mejora de las condiciones de reproducción de las especies de interés pesquero y la supervivencia de sus formas juveniles.
El efecto de una reserva marina se manifiesta por una recuperación significativa de los caladeros en los que está inserta por efecto de la dispersión de las especies cuya reproducción se ha protegido en la misma.
"A efectos de control, los buques y embarcaciones que naveguen por la reserva marina y que no sean de paso, deberán informar al servicio de la misma de su entrada en sus aguas y facilitar sus datos, así como prestar su colaboración en el control de sus actividades mientras permanezcan dentro de las aguas de la reserva marina, e informar de su salida de la misma."
https://www.mapa.gob.es/es/pesca/temas/proteccion-recursos-pesqueros/reservas-marinas-de-espana/default.aspx
- Cabo de Gata - Níjar
- Cabo de Palos - Islas Hormigas
- Cabo Tiñoso
- Levante de Mallorca - Cala Rajada
- Isla de Alborán
- Islas Columbretes
- Isla Graciosa
- Isla de Tabarca
- La Palma
- La Restinga - Mar de las Calmas
- Masía Blanca