LA FLEXIBILIDAD EN LOS PATRONES DE ALIMENTACIÓN CIRCADIANOS AUMENTA LA RESISTENCIA DE LA TRUCHA COMÚN AL CAMBIO AMBIENTAL.

El estudio investiga cómo la capacidad de la trucha común (Salmo trutta) de seleccionar de forma adaptativa cuándo y dónde alimentarse, bien documentada a nivel individual en la literatura empírica, podría potencialmente amortiguar los impactos demográficos del cambio ambiental a largo plazo, específicamente al aumento de temperaturas y la reducción del caudal. Utilizando un modelo basado en individuos (IBM), los autores simularon la trayectoria de una población de truchas en el límite más cálido de su rango bajo tres escenarios de cambio ambiental de creciente severidad.

RÉGIMEN JURÍDICO DE LA PESCA MARÍTIMA DE RECREO

El libro, fruto de la tesis doctoral de María Giménez Casalduero, analiza el régimen jurídico de la pesca marítima no profesional o recreativa, diferenciándola de la pesca comercial. Examina el marco jurídico internacional y europeo debido a su importancia supranacional. Además, estudia el régimen jurídico estatal y autonómico aplicable.
Diciembre 2024. María Giménez Casalduero mariagim@um.esb T (+34) 868 88 9121 Profesora Asociada. Departamento de Derecho Administrativo. Facultad de Derecho - Santo Cristo 1, 30001 Murcia (ESPAÑA).

ARAGÓN: UN ESTUDIO DETERMINARÁ EL IMPACTO SOCIOECONÓMICO DE LA PESCA DEPORTIVA Y RECREATIVA

El Gobierno de Aragón, en colaboración con la Federación Aragonesa de Pesca y Casting, está realizando un estudio para determinar el impacto socioeconómico de la pesca deportiva y recreativa en la región.
La consultora Deloitte, encargada del estudio, utilizará una metodología innovadora que analizará a fondo la actividad de la pesca deportiva y recreativa, identificando su cadena de valor y las áreas en las que contribuye a la sociedad considerando los aspectos económicos, sociales, ambientales y reputacionales.

FUTURA PROPUESTA EUROPEA PARA PROHIBIR EL PLOMO EN LA PESCA NO PROFESIONAL

Cuando se apruebe, el futuro Reglamento indica lo siguiente en cuanto a la pesca no profesional:
Prohibiciones que se han previsto en cuanto a la utilización y comercialización:
- Alambres plomados y plomos de caída libre: 6 meses después de que se apruebe.
- Plomos y señuelos de 50 g o menos: 3 años después de que se apruebe.
- Plomos y señuelos de más de 50 g: 5 años después de que se apruebe.

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